Si usted es "indocumentado", lo que significa que no tiene estatus migratorio en los Estados Unidos, y está en un proceso de "deportación", hay algunas defensas legales disponibles que podrían permitirle evitar ser expulsado (deportado).

Revisaremos las defensas más comunes a continuación. Tenga en cuenta, sin embargo, que obtener la ayuda de un abogado será su mejor opción para solicitar una reparación con éxito.

Argumentar que usted no es removible como acusado

En primer lugar, es posible que pueda demostrar que el gobierno de los EE. UU. se equivocó básicamente al someterlo a un proceso de deportación porque, de hecho, no es removible (deportable). En una de sus primeras audiencias en la corte de inmigración, el Juez de Inmigración (IJ) le pedirá que admita o niegue alegaciones fácticas y conceda (admita) o impugne (niegue) cualquier cargo de deportación como se muestra en el Aviso de comparecencia (NTA).

Por lo general, es una buena idea negar las acusaciones y objetar cualquier cargo de deportación. Siempre que no reconozca los cargos de deportación, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) tiene la carga o la responsabilidad de presentar pruebas suficientes para demostrar que usted es realmente deportable.

Si es indocumentado, probablemente sea removible. Sin embargo, es posible que el DHS lo haya acusado de ser deportado por razones equivocadas. También es posible que el DHS no pueda presentar documentos para demostrar que usted es deportable. Si el DHS no puede cumplir con su carga de demostrar que usted es deportable, puede pedirle al IJ que cierre el caso.

Incluso si el DHS cumple con su carga y/o el IJ decide que usted puede ser deportado según los cargos, puede presentar solicitudes de alivio de deportación, como se describe a continuación.

Nunca le mienta al juez de inmigración para tratar de demostrar que no es deportable. Si dice algo que no es cierto, probablemente perderá todos los derechos que podría haber tenido para solicitar la exención de expulsión, como el asilo. E incluso si aún puede presentar una solicitud de alivio de la deportación, su mentira pasada hará que sea poco probable que el IJ crea todo lo que diga, y el IJ puede denegar su solicitud sobre esa base.

Si bien ser honesto es importante, es posible que también tenga información que podría perjudicar su caso. Si es así, hable con un abogado acerca de si tiene que compartir la información negativa con la corte.

Solicitar exención de remoción

Por lo general, es responsabilidad del IJ decirle a cualquier persona que esté en proceso de deportación para qué tipos de alivio de deportación la persona parece calificar. Sin embargo, un abogado privado puede pasar más tiempo con usted y darle una explicación más completa de qué tipos de alivio podrían estar disponibles de manera realista.

Si no está representado por un abogado, es una buena idea preguntarle directamente al juez, mientras está en el expediente, para qué tipo de alivio podría calificar. Esto le permitirá al IJ saber que usted sabe que es su responsabilidad asesorarlo sobre todo el alivio posible; y, lo que es más importante, alentará al juez a revisar cuidadosamente su caso.

Por supuesto, el IJ no puede evaluar con precisión para qué alivio podría calificar a menos que proporcione información sobre varios aspectos de su vida, por ejemplo, sus parientes en los EE. UU. con estatus legal y cuánto tiempo ha estado viviendo aquí. Esté preparado y dispuesto a brindarle al juez toda la información necesaria para determinar para qué tipo de alivio califica.

Algunos de los tipos de alivio de deportación que pueden estar disponibles para un inmigrante indocumentado que se encuentra en la corte de inmigración son:

1.     Ajuste de estatus basado en la familia. Esta es una forma de cambiar de estatus de no inmigrante a estatus de inmigrante para obtener un estatus legal en los Estados Unidos a través de un miembro de la familia, probablemente un ciudadano estadounidense. Por lo general (entre otros requisitos), debe haber ingresado legalmente a los EE. UU. para calificar para el ajuste. Pero existen algunas excepciones al requisito de entrada legal.

2.     Asilo. Esta es una forma de protección para las personas que han huido de la persecución o temen una futura persecución en su país de origen. Una concesión de asilo permite el estatus legal en los EE. UU., un permiso de trabajo y, finalmente, una tarjeta verde.

3.     Suspensión de remoción. Aunque es muy parecido al asilo en muchos sentidos, la retención es más difícil de obtener, porque tiene que demostrar que es "más probable que no" que sea perseguido en su país de origen al regresar. Además, brinda menos beneficios que el asilo, porque los beneficiarios generalmente no son elegibles para solicitar la residencia permanente o viajar fuera de los Estados Unidos. Sin embargo, podría ser su única opción si se le aplican ciertas prohibiciones de asilo. Una persona a la que se le otorga la retención puede permanecer en los EE. UU. y puede obtener una autorización de trabajo.

4.     Protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT). La protección bajo CAT está disponible solo si es "más probable que no" que el gobierno del país de origen del solicitante, o alguna persona o grupo que el gobierno no puede controlar, torturará a esa persona. No importa por qué serías torturado; el hecho de que es probable que seas torturado sería e